Artículo 23 se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales Colegiados y Tribunales de Instancia y la Oficina de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía
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»Artículo 23. Puestos de trabajo destinados a la atención de funciones gubernativas: Oficina de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
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El servicio de soporte y apoyo gubernativo a quienes ejerzan las funciones de Presidencia de los Tribunales colegiados, a la Sala de Gobierno, a la persona titular de la Secretaría de Gobierno y a la persona titular de la Secretaría de Coordinación Provincial será prestado por la oficina de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
