Artículo 23 se acuerda el...2 de enero

Artículo 23 se acuerda el diseño y la estructura de la oficina judicial para los tribunales de instancia y los tribunales colegiados, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley orgánica 1/2025, de 2 de enero

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Artículo 23. Puestos de trabajo destinados a la atención de funciones gubernativas

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El servicio de soporte y apoyo gubernativo a quienes ejerzan las funciones de presidencia de los tribunales colegiados, a la sala de gobierno, a la presidencia del tribunal de instancia, a la persona titular de la Secretaría de Gobierno y, en su caso, a la persona titular de la Secretaría de Coordinación Provincial será prestado a través de la unidad de la Secretaría de Gobierno según se establezca en la RPT o por el servicio común que se determine.

En su caso, las personas que ejerzan la dirección de los servicios comunes asignarán el desarrollo de este cometido al personal funcionario que se determine, que lo ejercerá de forma exclusiva o compatibilizándolo con otras actividades del servicio común en que esté destinado.