Artículo 23 se aprueba el...Carreteras

Artículo 23 se aprueba el Reglamento General de Carreteras

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Artículo 23. Coordinación con otros departamentos ministeriales.

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Para asegurar la debida coordinación de las materias, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible adoptará las actuaciones recogidas en el artículo 8 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre.