Artículo 23 se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Navarra
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»Artículo 23. Adopción de acuerdos.
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Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos de las personas integrantes del Consejo de Navarra. En caso de empate decidirá la presidencia con su voto de calidad.

