Articulo 23 Ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 23. Forma de pago.
Vigente
Las ayudas concedidas se harán efectivas mediante un pago único en el plazo máximo de dos meses tras la notificación de la resolución de concesión.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-10-2019 en vigor desde 01-11-2019