Articulo 23 biodiversidad y patrimonio natural
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»Artículo 23. Planificación hidrológica.
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La participación de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el proceso de planificación hidrológica de las cuencas en territorio de La Rioja estará orientada, entre otros objetivos, a la conservación de los valores bióticos que están condicionados por la gestión del recurso hídrico. En especial, se buscará garantizar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de las especies, hábitats y servicios de los ecosistemas ligados a los cursos o masas de agua o a condiciones hídricas particulares.
