Artículo 23 creación de l...e La Rioja

Artículo 23 creación de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Ver Indice
»

Artículo 23. Control parlamentario.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Anualmente, el Presidente de la Agencia de Desarrollo de La Rioja remitirá un informe a la Diputación General de La Rioja sobre la ejecución del presupuesto del ejercicio anterior, los resultados de las actuaciones realizadas, el cumplimiento de los objetivos programados y la situación de las empresas en que participe.