Articulo 23 Declaracion del Parque Natural del Montgri, les Illes Medes i el Baix Ter, de dos reservas naturales parciales y de una reserva natural integral
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»Artículo 23. Vigilancia e inspección
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1. Corresponde al órgano gestor coordinar y programar las actuaciones de inspección y vigilancia en el Parque Natural del Montgrí, les Illes Medes i el Baix Ter, sin perjuicio de las competencias de otras administraciones públicas.
2. Los servicios de vigilancia de las diferentes administraciones que operan en el ámbito del Parque Natural han de velar por el cumplimiento de esta normativa.
