Artículo 23. Decreto 36/2025, de 11 de febrero, Andalucía, acceso por turno libre, promoción interna, movilidad, otras formas de provisión del funcionariado de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento
Artículo 23. Procedimiento de selección para el acceso por promoción interna.
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1. En el procedimiento de concurso-oposición las personas aspirantes habrán de superar la fase de oposición, consistente en una prueba de conocimientos mediante la contestación por escrito, de los temas o cuestionario de preguntas con respuestas alternativas propuestos por el órgano de selección de entre las materias que figuren en el temario de la convocatoria. Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos. Eventualmente podrá incluir la resolución de un caso o prueba práctica referida al contenido del temario, en cuyo caso la calificación final será la suma de ambas dividida por dos. Asimismo podrá incluir una prueba psicotécnica y pruebas de aptitud física, en los términos previstos en este decreto y en las bases de la convocatoria. Para su realización se dispondrá del tiempo mínimo establecido en las bases de la convocatoria. Con posterioridad se realizará la baremación definitiva de los méritos autobaremados y justificados por las personas que hayan superado la primera fase, conforme se determina en el artículo 5 y de acuerdo con el baremo de méritos establecido.
2. Las personas aspirantes que hayan aprobado el concurso-oposición, tendrán que superar el curso impartido u homologado por el IESPA. Superado el curso, se efectuará el nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera en la categoría a la que promociona.
