Articulo 23 Estatuto de l...scapacidad

Articulo 23 Estatuto de las Personas con Discapacidad

Ver Indice
»

Artículo 23. Prioridad y reserva de plazas en los cursos de formación profesional

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Se priorizará la concesión de ayudas a todos los cursos y acciones de formación profesional vayan dirigidos a las personas con discapacidad.

2. En los cursos de formación profesional organizados por la Administración de la Generalitat, se reservará un 3% del número de plazas para personas con discapacidad, debiendo garantizarse como mínimo, independientemente del número de plazas convocadas, la reserva de una plaza para personas con discapacidad.