Articulo 23 Inclusión social

Articulo 23 Inclusión social

Ver Indice
»

Artículo 23. Acción positiva de género

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



A propuesta de los servicios sociales comunitarios, en condiciones de igualdad de cumplimiento de los requisitos, se dará preferencia en el acceso a la titularidad de esta prestación a una de las mujeres integrantes de la unidad de convivencia.