Articulo 23 Industria de Euskadi

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Artículo 23. Sociedad de la información y del conocimiento.

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1. Desde la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, junto con la promoción y ordenación de los sectores industriales, se fomentará el desarrollo de la sociedad de la información y del conocimiento en la sociedad vasca. Esta actuación, que constituirá un elemento básico del desarrollo industrial, se llevará a cabo sin perjuicio de las competencias que en relación con la administración y gobierno electrónicos correspondan a otras Administraciones Públicas.

2. A estos efectos, se promoverán medidas tendentes al desarrollo de la sociedad de la información y del conocimiento, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) Promover la tramitación administrativa por vía telemática.

b) Facilitar la formación y el acceso de todos los ciudadanos y empresas a las nuevas tecnologías.

c) Desarrollar la base tecnológica necesaria para la creación de espacios de conocimiento compartido.