Articulo 23 Ley 50/1980 de 8 de Oct
Ver Indice
»Artículo veintitrés.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las acciones que se deriven del contrato de seguro prescribirán en el término de dos años si se trata de seguro de daños y de cinco si el seguro es de personas.
