Articulo 23 Mediacion familiar
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Artículo 23. Centro de Mediación Familiar del Principado de Asturias.

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1. Mediante la presente Ley se crea el Centro de Mediación Familiar del Principado de Asturias como órgano desconcentrado, adscrito a la Consejería competente en materia de bienestar social, que tiene por objeto promover, administrar y facilitar el acceso a la ciudadanía a la mediación familiar.

2. La organización y funcionamiento del Centro de Mediación Familiar del Principado de Asturias se determinarán reglamentariamente.