Articulo 23 Medidas 2007 fiscales y financieras
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»Artículo 23. Facturación electrónica.
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El Departamento de Economía y Finanzas puede dictar las disposiciones necesarias para establecer los modelos de datos y los sistemas de transmisión, de firma electrónica y de acceso y conservación que se consideren necesarios para regular el uso de la facturación electrónica en la Administración de la Generalidad y en el sector público vinculado o dependiente.
