Articulo 23 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente
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»Artículo 23. Desarrollo y aplicación del impuesto
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1. Mediante la Ley de presupuestos de la Generalidad pueden modificarse los elementos de cuantificación del impuesto.
2. En la aplicación del impuesto rige supletoriamente la legislación general tributaria aplicable en Cataluña y las normas complementarias que la desarrollan.
