Articulo 23 medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la c...s servicios públicos
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Articulo 23 medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos

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Artículo 23. Modificación de la Ley 5/2019, de 20 de febrero, de Renta Extremeña Garantizada.

Vigente

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1. El artículo 12 queda redactado como sigue:

«Artículo 12. Reconocimiento y abono de la prestación.

La Renta Extremeña Garantizada se reconocerá con efectos desde el primer día del mes en que se dicte la resolución de concesión, realizándose el abono de la prestación a mes vencido. No obstante, en aquellos casos en que la necesidad de tramitación anticipada del gasto lo exija, las resoluciones de concesión dictadas en el mes de diciembre podrán demorar sus efectos económicos al primer día del mes de enero siguiente».

2. El apartado 6 del artículo 31 queda redactado como sigue:

«6. Las Administraciones introducirán cláusulas sociales en las contrataciones públicas que otorguen prioridad a las entidades que contraten a personas beneficiarias de una renta mínima garantizada, de inserción o similar, siempre y cuando ello sea posible de conformidad con lo establecido en la legislación de contratos del sector público».