Articulo 23 NORMAFORAL8/2015,de23dediciembre,porlaqueseapruebanlospresupuestosgeneralesdelTerritorioHistóricodeGipuzkoaparaelaño2016.
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»Artículo 23. Oferta de empleo público y cobertura temporal de necesidades de personal.
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1. A propuesta del diputado o diputada foral del departamento de Gobernanza y Comunicación con la Sociedad, la Diputación Foral podrá aprobar la oferta o las ofertas públicas de empleo de su organización, así como la de sus organismos autónomos forales, de conformidad a la normativa vigente.
2. La contratación de personal temporal y el nombramiento de funcionarios interinos se podrá realizar en los casos previstos en la normativa vigente.

