Articulo 23 operaciones 2...upuestario

Articulo 23 operaciones 2016 de cierre y apertura del ejercicio presupuestario

Ver Indice
»

Artículo 23. Operaciones no presupuestarias

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. En aplicación del artículo 68 del Decreto 75/2004, los centros gestores que tramiten operaciones no presupuestarias dispondrán hasta el día 10 de febrero de 2017 para la remisión de las correspondientes conciliaciones referidas a día 31 de diciembre.

2. Las órdenes de pago no presupuestario que se tengan que tramitar para realizar los ajustes necesarios para conciliar las cuentas a día 31 de diciembre se podrán enviar a la Intervención General hasta el día 19 de diciembre. Estas órdenes podrán validarse y pagarse hasta el día 31 de diciembre.

3. Las operaciones de conciliación de saldos que no requieran la tramitación de órdenes de pago no presupuestario podrán proponerse hasta el día 16 de febrero de 2017.