Articulo 23 Políticas integrales de juventud
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Artículo 23. Fines y funciones del Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana

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Son fines del Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana

1. Defender los intereses y los derechos de la juventud, y colaborar en la promoción de una efectiva igualdad de oportunidades de las personas jóvenes en su desarrollo político, social, económico y cultural.

2. Fomentar en las personas jóvenes el asociacionismo juvenil, para que emprendan en grupo la solución de las cuestiones que les afectan.

3. Representar al movimiento asociativo juvenil valenciano en las instituciones de juventud.

4. Colaborar con la Generalitat en la elaboración de la política juvenil.

Son funciones del Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana:

1. Promover actividades dirigidas a asegurar la participación de las personas jóvenes en las decisiones y en las medidas que les afectan.

2. Elaborar y promover, por iniciativa propia o a petición de otros, informes o estudios sobre materias relacionadas con la juventud y con sus problemas.

3. Promover la creación de consejos de juventud de ámbito local y territorial.

4. Prestar servicios a las asociaciones y los consejos locales de la juventud que lo forman, y facilitar la cooperación y la coordinación entre las diferentes asociaciones y consejos locales y territoriales de juventud.

5. Hacer de interlocutor entre la Generalitat y las organizaciones juveniles en todo cuanto afecta al colectivo.

6. Participar en los órganos consultivos de la administración cuando se le requiera.

7. Emitir, en su caso, los informes que se le pidan.

8. Elaborar, anualmente, un informe sobre las actuaciones que realiza y proponer, en su caso, las medidas que se consideren oportunas para la mejora de la calidad de la vida de los y las jóvenes.

9. Ser consultado cuando se lleven a cabo actuaciones, programas, campañas, destino de recursos, ayudas o subvenciones a entidades juveniles, a consejos de juventud o a la juventud en general.

10. Promover la cultura, y especialmente el valenciano y la cultura valenciana, como expresión de nuestras señas de identidad propias.

11. Cualesquiera otras que se acuerden con la administración en el marco de las funciones que establece este artículo.

12. Fomentar la vertebración de las relaciones de participación, con cualquier organismo, plataforma, entidad y estructura de participación de los jóvenes en el ámbito de la Unión Europea, en colaboración con el Consejo de la Juventud de España.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-11-2017 en vigor desde 02-12-2017