Articulo 23 Presupuestos 2016 La Rioja
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»Artículo 23. Seguimiento de los gastos con financiación afectada.
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Corresponderá a los centros gestores del gasto el suministro de información relativa a los gastos con financiación afectada, y en especial la relativa a la evolución de los ingresos previstos inicialmente, de cara a adecuar los niveles de ejecución de gasto a los recursos efectivamente disponibles.
