Articulo 23 Presupuestos 2017 Galicia

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Artículo 23. Retribuciones del personal de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de justicia

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Uno. El personal funcionario de los cuerpos al servicio de la Administración de justicia que desempeñe sus funciones en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de Galicia percibirá las retribuciones previstas en la Ley de presupuestos generales del Estado para el año 2017 y en la demás normativa que le sea de aplicación.

Dos. Los complementos y mejoras retributivas reguladas en las disposiciones o acuerdos adoptados por los órganos de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus competencias por lo que se refiere a este personal no experimentarán incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2016, sin perjuicio de lo establecido en el apartado Dos del artículo 11 de la presente ley.