Articulo 23 Presupuestos 2017 La Rioja

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Artículo 23. Otras medidas de sostenimiento de los centros concertados.

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La consejería con competencias en materia de Educación podrá suscribir un convenio con las organizaciones patronales de la enseñanza concertada en La Rioja en virtud del cual se posibilite el establecimiento de un programa experimental en centros docentes concertados, dirigido a dar una respuesta integral a sus alumnos y profesores en materia de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), que permita la equiparación con la prestada en los centros docentes públicos. En el mismo se articularán tanto los medios técnicos y económicos, incluyendo el software y equipamiento informático, como la formación del profesorado que sean necesarios para su ejecución, la cual será realizada por la Dirección General de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación del Gobierno de La Rioja en coordinación con la Dirección General de Educación.