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Artículo 23 Presupuestos Generales 2025 de la Comunidad Autónoma de La Rioja

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Artículo 23. Medidas relacionadas con la innovación educativa en centros concertados.

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Los centros concertados que hubieran implantado en el curso 2024/2025, o implanten a partir del curso 2025/2026, programas, proyectos u otros instrumentos relacionados con la innovación educativa o sean destinatarios de programas financiados con fondos ministeriales o fondos europeos podrán ser financiados por parte de la Administración educativa para la ejecución de los mismos. En su caso, se abonarán con carácter retroactivo los gastos derivados de la implantación de tales acciones por el periodo de septiembre a diciembre de 2024. Dicha financiación estará condicionada a la existencia de disponibilidades presupuestarias, así como al informe favorable de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, en el que se compruebe el cumplimiento de los objetivos de los proyectos implantados en centros concertados, de cara a su posible continuidad en cursos posteriores.

De igual modo, también obtendrán financiación los centros concertados seleccionados para implementar otros programas de cooperación territorial, conforme a lo que establezcan las respectivas resoluciones de convocatoria de los mismos.

Para la financiación de estos programas, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

El abono de gastos de funcionamiento, y en su caso de personal complementario no docente, se realizará incrementando el apartado del módulo de "Otros Gastos" en la cuantía que se determine en la convocatoria.

Las necesidades de personal docente para el desarrollo de los programas se financiarán incluyendo a dicho personal en la nómina de pago delegado, de acuerdo con lo previsto en la Resolución de convocatoria.

En todos los casos, la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, emitirá informe previo en el que se indiquen las necesidades concretas y la financiación necesaria para cada centro seleccionado conforme a lo descrito en los párrafos anteriores.

Para los programas de cooperación territorial que se implanten desde el inicio del curso 2024/2025, los costes asociados a la ejecución del programa por el periodo de septiembre a diciembre de 2024 que hayan asumido los centros también serán financiados retroactivamente, previa justificación del gasto realizado e informe favorable de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa.

La Comunidad Autónoma de La Rioja proporcionará, a los centros docentes concertados que cuenten con unidades educativas concertadas en Educación Primaria y/o Secundaria Obligatoria, los servicios de conectividad wifi y de conexión del tráfico inalámbrico del centro con el exterior, así como la explotación, mantenimiento, licenciamiento y soporte de dichos servicios. Asimismo, los centros concertados tendrán garantizados los servicios de seguridad para la utilización, en el ejercicio de la actividad docente, del espacio colaborativo en nube que el Gobierno de La Rioja proporciona a todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

La prestación de tales servicios, que tendrá la consideración de colaboración administrativa, quedará condicionada al cumplimiento, por parte de los centros concertados, de las condiciones que a tal efecto se determinen en el convenio de colaboración o instrumento jurídico similar que suscriban con el Gobierno de La Rioja.

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