Articulo 23 Presupuestos ...lla y León

Articulo 23 Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León

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Artículo 23. Contratos de actividades científico-técnicas.

Vigente

1. Administración General de la Comunidad y sus organismos autónomos

a) Los contratos de actividades científico-técnicas que se celebren durante el año 2023 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad y sus organismos autónomos, en el marco de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, requerirán autorización conjunta previa de los titulares de las consejerías competentes en materia de función pública y de presupuestos, vistos los informes de los centros directivos respectivos.

b) No se requerirá el trámite de autorización previa en aquellos contratos que estén vinculados en su totalidad a financiación externa o a financiación procedente de convocatorias de ayudas públicas en concurrencia competitiva.

2. Otras entidades del sector público autonómico.

a) Los contratos de actividades científico-técnicas que se celebren durante el año 2023, en el mismo marco del apartado 1.a) de este artículo, en los entes públicos de derecho privado, las entidades públicas empresariales, fundaciones y consorcios del sector público autonómico, requerirán autorización del titular de la consejería competente en materia de hacienda, visto el informe del centro directivo competente en materia de presupuestos. No será necesaria dicha autorización en los entes que dependan o estén vinculados con carácter general a las Cortes de Castilla y León, ni a las universidades públicas de la comunidad de Castilla y León.

b) En el ámbito de aquellas entidades se excluye de dicha autorización los contratos que se celebren en los mismos supuestos que los establecidos en el apartado 1.b) de esta disposición.

3. Serán nulos de pleno derecho los actos dictados en contravención de lo dispuesto en esta disposición.