Articulo 23 Prevención y extinción de incendios forestales
- Norma derogada desde el 10 de diciembre de 2025. - Decreto 180/2025 de 1 de Dic C.A. Canarias (se regula la prevención y extinción de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Canarias)
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»Artículo 23.
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El Centro de Coordinación de extinción de incendios del Cabildo Insular es el órgano operativo y de coordinación dependiente del Cabildo Insular, desde donde se efectúa el seguimiento de las operaciones de lucha y extinción de incendios forestales en su ámbito territorial y competencial.
Asimismo, actúa de centro de recepción de alarmas, ya sean comunicadas por los medios contemplados en los correspondientes Operativos Insulares de Incendios o por el CECOES 1-1-2.
El procedimiento operativo de cada CECOPIN será responsabilidad de la Corporación Insular a la que pertenezca.

