Articulo 23 Régimen jurídico de utilización confinada, liberación voluntaria y c...icados genéticamente
Articulo 23 Régimen jurídico de utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente
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»Artículo 23. Concepto.
Vigente
1. Se crea la tasa que grava la prestación de servicios y la realización de actuaciones por parte de la Administración General del Estado para la ejecución de las actividades en las que intervengan organismos modificados genéticamente.
2. Esta tasa se regirá por esta ley y por las demás fuentes normativas que para las tasas se establecen en el artículo 9 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-04-2003 en vigor desde 26-04-2003