Articulo 23 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
- El Cuadro actualizado de las disposiciones reglamentarias vigentes del CGPJ, incluido en el Acuerdo del Pleno de 27 de septiembre de 2018, establece que las Sentencias del Tribunal Supremo (Sala 3.ª) de 10 y 19 de julio de 2013 han declarado nulos los arts. 24.4, 37, 41, 42, 84, 192.1, 210.5, 228, 230.2, 272.6, 289, 326.1.h) y 326.1.i) y la D.T. 6ª del presente Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial.
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»Artículo 23.
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Los procesos selectivos para la promoción y especialización en la Carrera Judicial se regirán por los principios de igualdad, mérito y capacidad.
En dichos procesos se contemplará el estudio del principio de igualdad entre hombres y mujeres, incluyendo las medidas contra la violencia contra la mujer y su aplicación con carácter transversal en el ámbito de la función jurisdiccional.
