Articulo 23 Reglamento de establecimientos hoteleros
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»Artículo 23. Mantenimiento del establecimiento.
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Las instalaciones, mobiliario, elementos decorativos, enseres y menaje serán en todo momento los adecuados al nivel de calidad y al grupo y categoría que ostente el establecimiento y se mantendrán en las debidas condiciones de funcionamiento y limpieza.

