Articulo 23 Reglamento de... -ITPyAJD-

Articulo 23 Reglamento del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados -ITPyAJD-

Ver Indice
»

Artículo 23. Permutas.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En las permutas de bienes o derechos, tributará cada permutante por el valor comprobado de los que adquiera, salvo que el declarado sea mayor o resulte de aplicación lo dispuesto en el artículo 21 anterior, y aplicando el tipo de gravamen que corresponda a la naturaleza mueble o inmueble de los bienes o derechos adquiridos.