Articulo 23 Reglamento so...oeléctrico

Articulo 23 Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico

Ver Indice
»

Artículo 23. Título habilitante para el uso especial del dominio público radioeléctrico.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



De acuerdo con lo establecido en el artículo 62 de la Ley General de Telecomunicaciones, los títulos habilitantes mediante los que se otorguen derechos de uso especial del dominio público radioeléctrico revestirán la forma de autorización general o autorización individual.