Artículo 23 Reglamento (...s de la UE

Artículo 23. Reglamento (UE) 2026/1047, de 29 de abril de 2026, DOUE, por el que se establece una Reserva de Talentos de la UE

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Artículo 23. Informes.

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A más tardar el 31 de diciembre de 2031, y posteriormente cada cinco años, la Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones un informe sobre la aplicación del presente Reglamento.

En el informe se evaluará, en particular, la eficacia del presente Reglamento para solventar la escasez de mano de obra y capacidades en los Estados miembros participantes y la eficacia del proceso de contratación, también en lo que respecta a la garantía de unas prácticas de contratación equitativa y el respeto de unas condiciones laborales justas y equitativas.