Articulo 23 Salud de Aragón

Articulo 23 Salud de Aragón

Ver Indice
»

Artículo 23. Concepto.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El Sistema de Salud de Aragón es el conjunto de recursos, medios organizativos y actuaciones de las Administraciones sanitarias de la Comunidad Autónoma, cuyo objetivo último es la mejora del nivel de salud, tanto individual como colectiva, su mantenimiento y recuperación a través de la promoción y protección de la salud, la prevención de la enfermedad, la atención sanitaria y la rehabilitación e integración social.

2. Todos los recursos sanitarios, sin perjuicio de sus propias y específicas tareas y responsabilidades, deberán orientar sus actividades con los siguientes fines:

a) Mejorar el estado de salud de la población.

b) Promocionar la salud de las personas y comunidades.

c) Promover la educación para la salud de la población.

d) Prevenir los riesgos, enfermedades y accidentes.

e) Proveer la asistencia sanitaria individual y personalizada.

f) Cumplimentar la información sanitaria, vigilancia e intervención epidemiológica.

g) Asegurar la efectividad, eficiencia y calidad en la prestación de los servicios.