Articulo 23 Servicios sociales de C León

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Artículo 23. Organización territorial del sistema.

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1. Los servicios sociales se organizan territorialmente mediante la adscripción y desarrollo de las prestaciones y la asignación de los centros, servicios, programas y recursos a un ámbito territorial determinado en correspondencia con una organización funcional estructurada en red y en niveles de atención.

2. La organización territorial se determinará en el Mapa de Servicios Sociales de Castilla y León.