Articulo 23 TR de las dis... y cedidos

Articulo 23 TR. de las disposiciones legales en materia de tributos propios y cedidos

Ver Indice
»

Artículo 23. Cuota tributaria.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En las modalidades de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y de Actos Jurídicos Documentados, salvo el gravamen sobre documentos mercantiles, la cuota tributaria del impuesto cuyo rendimiento corresponda a la Comunidad de Castilla y León se obtendrá aplicando sobre la base imponible los tipos regulados en este capítulo.