Artículo 23 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco
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»Artículo 23.- Consignación y afianzamiento.
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La consignación del importe de la tasa a favor de la Tesorería General de la Administración de la Comunidad Autónoma de País Vasco o su afianzamiento producirá los efectos de pago en caso de discrepancia sobre la procedencia o cuantía de la misma. Si la obligada al pago no justificase que ha presentado el recurso pertinente dentro del plazo legal, las cantidades consignadas o resultantes de hacer efectiva la fianza se ingresarán definitivamente en la Tesorería General de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
