Articulo 23 Transparencia y acceso a la información pública de Canarias
Artículo 23. - Información sobre los servicios y procedimientos.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, respecto de sus servicios y procedimientos, así como respecto de los que prestan o se gestionan por los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, hará pública y mantendrá actualizada la información siguiente.
a) Los servicios que presta cada unidad administrativa.
b) Los requisitos y condiciones de acceso a los mismos, incluyendo horario y, en su caso, las tasas, tarifas o precios que se exigen.
c) Las listas de espera existentes para el acceso a los servicios.
d) Las cartas de servicios elaboradas.
e) El catálogo de procedimientos, incluidos los de carácter tributario, con indicación de los disponibles en formato electrónico. En el catálogo se facilitará a las personas la información necesaria sobre los procedimientos que afecten a sus derechos o intereses legítimos, así como la que sea precisa para el inicio de la tramitación electrónica.
f) El procedimiento para la presentación de quejas y reclamaciones sobre el funcionamiento del servicio.
g) El número de reclamaciones presentadas y el número o proporción de las aceptadas o resueltas a favor de los interesados.
