Artículo 23 TTRR del Conv...strasburgo

Artículo 23 TTRR. del Convenio para la protección de los derechos y de las libertades fundamentales, Roma; del protocolo adicional al Convenio, París; y del protocolo número 6, Estrasburgo

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Artículo 23. Duración del mandato y revocación.

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1. Los jueces serán elegidos por un periodo de nueve años. No serán reelegibles.

2. Los jueces permanecerán en sus funciones hasta su sustitución. No obstante, continuarán conociendo de los asuntos que tengan ya asignados.

3. Un juez sólo podrá ser relevado de sus funciones si los demás jueces deciden, por mayoría de dos tercios, que dicho juez ha dejado de reunir las condiciones requeridas para serlo.

(NOTA: La enmienda introducida por el Protocolo n.º 15 se aplicará únicamente a los candidatos que figuren en las listas presentadas a la Asamblea Parlamentaria por las Altas Partes Contratantes)