Articulo 23 Viviendas y h... turístico

Articulo 23 Viviendas y habitaciones de viviendas particulares para uso turístico

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Artículo 23.- Derecho a formular denuncias, quejas y reclamaciones.

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1.- En una zona de fácil visibilidad y próxima a la entrada de la vivienda se hará constar el derecho de las personas usuarias a formular denuncias, quejas y reclamaciones.

2.- Así mismo, la persona titular de la actividad pondrá a disposición de las personas usuarias las hojas oficiales de reclamaciones, debiendo facilitarlas si le son solicitadas, así como informar del procedimiento para formularlas y ser atendidas.