Articulo 232 Administraci...de Navarra

Articulo 232 Administración Local de Navarra

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Artículo 232.

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Las empresas y profesionales interesados en la licitación y adjudicación de contratos públicos podrán solicitar la adopción de medidas cautelares y la presentación de reclamaciones en materia de contratación pública en los términos previstos en la legislación foral en materia de contratación pública.