Artículo 232. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo
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»Artículo 232. Servicio de Inspección.
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1. El Servicio de Inspección se ocupará de la incoación e instrucción de los expedientes disciplinarios que afecten a miembros de la comunidad universitaria, en el marco de la legislación aplicable en la materia.
2. La persona titular de la dirección del CPRI será titular de la dirección del Servicio de Inspección.
