Articulo 23223 Libro segu...la familia

Articulo 23223 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia

Ver Indice
»

Artículo 232-23. Anotación preventiva.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El acreedor o sus sucesores pueden solicitar la adopción de medidas cautelares, incluida la anotación preventiva de embargo en los registros públicos, para asegurar el pago del crédito de participación mientras se tramita su reclamación.