Articulo 234 Municipal y ...-Derogada-

Articulo 234 Municipal y de Régimen Local -Derogada-

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Artículo 234.

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Para establecer y garantizar la continuidad de los servicios públicos, se determinarán necesariamente:

a) Las características del servicio.

b) Las obras e instalaciones necesarias para la explotación del servicio con indicación, en su caso, de las que deba hacer el contratista.

c) Las tarifas a percibir de los usuarios.

d) El canon, participación y subvención que, en su caso, haya de satisfacer el Ente local.