Artículo 235. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo
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»Artículo 235. Asesoría Jurídica.
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La Universidad contará con un servicio de asesoría jurídica que realizará funciones consultivas y, en su caso, jurisdiccionales, y prestará asistencia jurídica a la Universidad y a aquellos de sus miembros que, en el ejercicio legítimo de sus funciones, puedan verse afectados por un proceso judicial.
