Articulo 236 por el que s...lla y León

Articulo 236 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León

Ver Indice
»

Artículo 236.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los trabajos de defensa contra plagas y enfermedades y los de defensa contra incendios forestales constituirán el plan de protección.

2. El plan de protección se desglosará en los de defensa contra agentes bióticos nocivos (tratamientos preventivos y curativos, lucha integrada, estudios y control, etc.) y los de defensa contra incendios (áreas y fajas cortafuegos, vías de acceso y puntos de vigilancia, puntos de agua, tratamientos de ordenación de combustible...).

3. Todos estos trabajos deberán coordinarse con los planes comarcales o provinciales, si procede.

4. Los trabajos de protección se justificarán y describirán convenientemente.

5. El plan de protección contendrá las recomendaciones necesarias sobre las épocas y modalidades de ejecución de los distintos aprovechamientos y usos, con el fin de disminuir los riesgos de incendios y de plagas.

6. El plan de protección contra agentes bióticos nocivos (plagas y enfermedades) tendrá en cuenta las recomendaciones sobre mantenimiento de la biodiversidad contenidas en el artículo 129.2.

g. Conservación de paisajes, hábitats y fauna.