Articulo 2361 Libro segun...la familia

Articulo 2361 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia

Ver Indice
»

Artículo 236-1. Titulares de la potestad parental.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los progenitores, para cumplir las responsabilidades parentales, tienen la potestad respecto a los hijos menores no emancipados. La potestad parental puede extenderse a los hijos mayores de edad incapacitados prorrogándola o rehabilitándola.