Articulo 237 General Trib...de Bizkaia

Articulo 237 General Tributaria de Bizkaia

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Artículo 237. Funcionamiento del Tribunal Económico-administrativo Foral de Bizkaia

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1. El Tribunal Económico-administrativo Foral de Bizkaia funcionará en Pleno o en Salas. Así mismo, podrá funcionar de forma unipersonal en los casos que se determinen reglamentariamente.

2. La composición, organización y funcionamiento del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia se determinará reglamentariamente.