Artículo 237 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Ver Indice
»Artículo 237.- Sujeto pasivo.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Son sujetos pasivos de esta tasa las personas físicas o jurídicas que adquieran las hojas de reclamaciones que constituyen el hecho imponible.
