Articulo 238 se aprueba e...e Cataluña

Articulo 238 se aprueba el TR. de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña

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Artículo 238. Ordenación sectorial e intervención administrativa.

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238.1 El ejercicio por los particulares de actividades de interés general está sujeto a la ordenación del sector, de acuerdo con la legislación correspondiente, y queda sometido a las medidas de control, de policía y de intervención que correspondan.

238.2. La intervención del ejercicio de estas actividades se lleva a cabo por alguno de los medios que establece el artículo 236.1.