Articulo 238 Procesal militar
Ver Indice
»Artículo 238.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En todo caso la detención y prisión preventiva y atenuada deberán efectuarse en la forma que menos perjudique a la persona y a la reputación de mismo y de su familia.
La libertad solamente deberá restringirse en los límites estrictamente indispensables para asegurar el resultado de las pruebas del procedimiento y a las personas responsables.
